01 agosto 2011

Descuento para Jubilados en Supermercado

Todos los jubilados de la ciudad contarán con un 10 por ciento de descuento en el Centro de Compras Ciribé a partir de una gestión conjunta realizada por los centros que agrupan a este sector de la comunidad. El beneficio se aplicará sólo los domingos en todos los artículos a excepción de carne y las ofertas que ya de por si tienen una bonificación en su precio. Este comenzará a regir desde el 7 de agosto. El único requisito será presentar en caja al carné de Pami y el DNI del beneficiario.

Eduardo Kees, presidente del Centro de Jubilados y Pensionados Metalúrgicos destacó la gestión realizada por el representante de esa institución, Eduardo Pérez y la presidente de al entidad hermana de calle Jujuy 54, Alicia “Chiche” Astiz quienes llevaron la propuesta a Ciribé. “Eso sirve para paliar en parte la inflación que hace cada vez más difícil que alguien que gana 1200 pesos por mes pueda subsistir”, señaló el jubilado. Asimismo recordó que en sus inicios el centro de compras ya había instrumentado un beneficio similar que luego se dejo sin efecto.

“Nuestra idea era obtener un 15 por ciento, como tienen los clientes del Banco Nación, pero nos explicaron que en ese caso Ciribé hace un 7 por ciento y el otro lo aporta el banco. Al final logramos un 10 por ciento lo cual es muy bueno”, expresó Pérez. “Para los jubilados esta es una muy buena noticia, ahora esperamos que otros comercios sigan el ejemplo y también nos ofrezcan descuentos”, remarcó Kees. A la vez señaló la importancia del trabajo que vienen realizando en conjunto todos los centros de jubilados de la ciudad.

Recolección de firmas
Por otra parte retomaron la campaña de recolección de firmas para respaldar “el tratamiento y sanción del proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados de la Nación que propone una reforma integral del sistema previsional” conforme a “los principios de reparto, solidaridad, universalidad, igualdad de trato, movilidad de las jubilaciones y prensiones, administración democrática, responsabilidad del Estado, progresividad y conservación de derechos, autonomía económica y financiera, para garantizar una prestación definida, acorde al principio de proporcionalidad y el carácter sustitutivo de las prestaci9ones previsionales respecto de los salarios en actividad”

En ese sentido se expresa que “la jubilación mínima no puede ser menor que le importe del salario mínimo, vital y móvil “y que “los jubilados de leyes anteriores tendrán derecho a acogerse a los beneficios de la presente ley y en especial al 82 por ciento móvil que se establece como pauta de movilidad”. Cabe aclarar que pueden firmar este petitorio todos los ciudadanos sean o no jubilados.

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